El Tribunal Supremo declara ilegales las ZBE de Madrid, pero el Ayuntamiento no devolverá las multas

El Tribunal Supremo declara ilegales las ZBE de Madrid, pero el Ayuntamiento no devolverá las multas

Los conductores madrileños se encuentran se encuentran en la actualidad ante una especie de limbo jurídico tras el posicionamiento del Tribunal Supremo, que acaba de declarar ilegal la noma que permitió la creación de las Zonas de Bajas Emisiones en la ciudad. Lo malo es que este pronunciamiento, pese a que se ha dado la razón a los conductores, no garantiza que estos puedan recuperar su dinero.

 

Con todo, el ayuntamiento madrileño ha dejado claro que no va a tener lugar una devolución automática del importe de las multas, y eso a pesar de que el último recurso del consistorio madrileño ha sido rechazado por el Tribunal Supremo de Justia de Madrid, confirmando con ello la nulidad de la normativa al no haber analizado de forma correcta el impacto económico en la ciudadanía.

A pesar de que, a partir de los 3,3 millones de sanciones impuestas desde 2021, se han recaudado más de 600 millones de euros, el Ayuntamiento alega la no retroactividad de las sentencias para no tener que devolver el dinero, dejando ahora como única alternativa para los conductores, iniciar procesos indivduales, complejos y duraderos, con los que intentar recuperar el importe de las multas pagadas.

En 2024, el Tribunal Superior de Justicia ya avisó de que el informe de impacto económico de la ordenanza estaba vacío de contenido. En virtud del fallo del tribunal, el Ayuntamiento de Madrid no tuvo en cuenta de forma correcta el impacto económico a los pequeños empresarios, así como a las familias de menos recursos, a la hora de adaptarse a las nuevas restricciones.

De la misma manera, el alto tribunal aclaró que no se consideraron alternativas para no establecer multas cuantiosas, y como consecuencia de ello, no se cumplió con el principio de proporcionalidad, por lo que la normativa vio la luz con un defecto de forma que ahora ha sido aprovechado para condenar al consistorio a pagar las costas del proceso judicial.

Pese a la sentencia en firme, en el consistorio madrileño se han mostrado implacables al anunciar que no se va a devolver el dinero automáticamente, con el argumento de que las multas se pusieron en el marco de una normativa que, en aquell momento era válida, ya que la sentencia no era firme.

Además, hay que tener en cuenta que la jurisprudencia está de parte del Ayuntamiento, ya que se establece que la nulidad de una ley no afecta a multas que ya hayan sido abonadas, motivo por el que se genera una paradoja basada en que los contribuyentes que cumplieron con las obligaciones de pago están ahora en peor posición que los que no pagaron la multa y, en consecuencia, no cerraron el proceso.

El caso es que aquellos que pagaron deben plantearse ahora qué hacer con esas multas abonadas. En este sentido, la Organización de Consumodires y Usuarios (OCU), ha detallado que aquellos que tengan expedientes abiertos o algún recurso en trámite, tienen posibilidades de anular la multa; sine embargo, aquellos que ya pagaron van a tener más trabas burocráticas por delante para tratar de recuperar el dinero abonado.

Y es que para recuperar el dinero, los afectados tendrían que solicitar una nulidad de pleno derecho, algo que constituye un difícil proceso en el que el esfuerzo legal ha de ser soportado por el ciudadano, y cuyos gastos procesales serían muucho mayores que la sanción que pretenden recuperar.

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